Vuelta a la normalidad poco a poco

Distintas Fases

En estos últimos días no paramos de escuchar noticias acerca de cómo será la desescalada y la vuelta a la normalidad social y laboral a través de las distintas fases.

Desde Luán Gestión os damos algunas de las claves para entender este regreso a las rutinas laborales y relacionales.

La desescalada

La desescalada es un periodo de transición gradual y coordinado que de manera asimétrica regirá la actividad económica y la movilidad de los ciudadanos y que se estructura en cuatro fases determinadas por la capacidad de control de la epidemia y la capacidad de actuación sanitaria en cada zona.

La evaluación de las fases se hará cada dos semanas y en un escenario ideal, un territorio pasaría a la Fase 1 el 11 de mayo, a la Fase 2 el 25 de mayo, y a la Fase 3 el 8 de junio, por lo que, el ciclo se completaría el 22 de junio. Pero hay que tener en cuenta, que este escenario, solamente podría darse de cumplirse todos los objetivos en cada una de las fases.

Cada una de las fases, conlleva el levantamiento de una serie de restricciones, de esta forma, por ejemplo, los desplazamientos entre provincias no estarán permitidos hasta que no finalice el proceso de transición hacia la nueva normalidad, pero si se permiten desplazamientos por causas justificadas, como trabajo presencial inevitable. Desde el pasado 4 de mayo, en Fase 0, se permite la apertura de los establecimientos comerciales de menos de 400 metros cuadrados, locales minoristas, mediante un sistema de cita previa que garantice un único cliente en el interior del establecimiento por cita.

También desde el pasado 4 de mayo, en las zonas en la Fase 0, la hostelería y la restauración pueden reiniciar su actividad desde las siguientes premisas:

Se pueden reabrir los locales de restauración mediante servicios de entrega a domicilio o a través de la recogida por parte de los clientes de los pedidos en el establecimiento, pero continúa prohibido el consumo en los establecimientos. Y todo ello observando siempre las medidas de seguridad estipuladas.

Con el regreso a la actividad laboral, muchos pequeños empresarios se preguntan cómo sacar del ERTE a sus trabajadores, a fin de que estos, se reincorporen a la actividad laboral, teniendo en cuenta que todos los ERTES producidos por el Covid deberán darse por concluidos una vez finalice el Estado de Alarma.

Pero si antes de que finalice el Estado de Alarma se desean finalizar existen dos posibles casos:

Cuando el ERTE fue presentado ante el Ministerio de Trabajo y Economía Social:

Debe presentarse un documento ante el Registro General donde debe quedar reflejado claramente el número de expediente, así como una enumeración de los trabajadores que se quieren recuperar. En Luan Gestión podemos realizar esta gestión por ti.

Cuando el ERTE fue presentado a través de tu Comunidad Autónoma

Como norma general, se debe solicitar la finalización en el Registro de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo.

Otra de las medidas adoptadas es la de Moratoria o Aplazamientos Seguros Sociales y Autónomos. Esta medida, es aplicable para las siguientes categorías económicas siempre que se presente del día 1 al 10 del mes que deben pagarse:

  • 119 (Otros cultivos no perennes).
  • 129 (Otros cultivos perennes).
  • 1812 (Otras actividades de impresión y artes gráficas).
  • 2512 (Fabricación de carpintería metálica).
  • 4322 (Fontanería, instalaciones de sistemas de calefacción y aire acondicionado).
  • 4332 (Instalación de carpintería).
  • 4711 (Comercio al por menor en establecimientos no especializados, con predominio en productos alimenticios, bebidas y tabaco).
  • 4719 (Otro comercio al por menor en establecimientos no especializados).
  • 4724 (Comercio al por menor de pan y productos de panadería, confitería y pastelería en establecimientos especializados).
  • 7311 (Agencias de publicidad).
  • 8623 (Actividades odontológicas).
  • 9602 (Peluquería y otros tratamientos de belleza).

Las cuotas que se pueden acoger a la moratoria serán: abril, mayo y junio (cuyo periodo de pago es un mes posterior, es decir, en mayo, junio y julio, para empresas y mayo, junio y julio para autónomos.

Quedan excluidas de la moratoria:

  • Los trabajadores por cuenta propia cuyas actividades se encuentren suspendidas con ocasión del estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.
  • Aquellas empresas que fueron exoneradas del pago de cotizaciones sociales por sus trabajadores afectados por ERTES por fuerza mayor a causa de la pandemia.
  • Las empresas y trabajadores por cuenta propia que cuenten con algún aplazamiento preexistente anterior al decreto de Estado de Alarma.

El plazo de pago será de hasta seis meses para el pago de las obligaciones con la Seguridad Social sin intereses.

En relación a la solicitud de aplazamiento de las cotizaciones sociales y la cuota de autónomos, podrá ser solicitado por los empresarios o autónomos, en relación a las cuotas que se pagan en el mes de mayo y junio 2020, a condición de que no existan deudas ni aplazamientos anteriores a este periodo vigente, mediante un representante.

¿Cuando se puede hacer la solicitud?

La solicitud debe realizarse los diez primeros días naturales del mes de mayo y junio y tiene un interés del 0,5%.

Estos aplazamientos son incompatibles con la moratoria y en el periodo que va desde la solicitud hasta la resolución del aplazamiento, no se devengarán intereses.

Ya en la Fase 1 de la desescalada, en relación al comercio minorista y los servicios, se daría una apertura generalizada con un aforo limitado al 30 %, también se permitirá la apertura de terrazas con este mismo aforo y con el cumplimiento de las medidas de seguridad correspondientes.

Se procederá a la apertura también de hoteles y alojamientos turísticos con restricciones, así como la reactivación de las siguientes actividades, también con limitaciones:

  • Bibliotecas (solo préstamo y lectura)
  • Museos
  • Producción audiovisual.
  • Espectáculos culturales en espacios cerrados de menos de 30 personas.
  • Espectáculos culturales al aire libre de menos de 200 personas.

Las limitaciones irán disminuyendo conforme avance la desescalada, lo que está claro, es que esta “nueva normalidad” todavía será muy distinta a la normalidad a la que veníamos estando acostumbrados y que las medidas, tanto económicas como sociales, en muchos casos, se deben ir decidiendo sobre la marcha, por eso, en Luán Gestión, estamos a tu entera disposición para aclarar todas las dudas que puedan ir surgiendo en este proceso, así como para realizar las gestiones necesarias para la reactivación económica y todos aquellos tramites que faciliten las ayudas y el buen funcionamiento de las empresas y los negocios regentados por autónomos.